La memoria de la Shoá y los Derechos Humanos

27/Ene/2014

Por el Prof. Santiago Brum*, en exclusiva-gentileza para el CCIU

La memoria de la Shoá y los Derechos Humanos

Luego de las guerras mundiales, desapareció la línea que separaba a los combatientes de los no combatientes. “El contraste entre la primera guerra mundial y la segunda es asombroso; solamente el 5 por ciento de las víctimas de la primera guerra eran civiles, en la segunda, el porcentaje se elevó al 66 por 100” (Hobsbawm 2006). Al finalizar la guerra, dos de cada tres judíos europeos habían muerto como víctimas de la solución final proyectada y planificadamente aplicada por el Tercer Reich.Las dictaduras totalitarias del siglo XX (entiéndase la alemana, la italiana y la rusa de Stalin) mantuvieron características comunes y también especificidades. Las tres cancelaron derechos, usaron la legalidad preexistente para acceder al poder, se aprovecharon del odio a los judíos (tomando una centenaria tradición), instauraron una verdad oficial y mataron por ella, prometieron a la sociedad un mundo sin conflictos (1). El mundo sin conflictos prometido por Hitler significaba esa utopía totalitaria, que por cierto, es por sí antidemocrática, pues la democracia significa negociación de conflictos. Se eliminó la oposición utilizando medios de terrorismo de Estado como las organizaciones paramilitares, luego institucionalizadas como las S.A. (sociedades de asalto), las S.S. (tropas de elite de Hitler) y luego la GESTAPO. Se niega el conflicto al consagrar la desigualdad y al homogeneizar a la población por medio de la propaganda. El estado totalitario tendió al terror por medio del recurso a la represión y el control de todas las esferas de la vida pública y privada.
Hitler y sus allegados tuvieron la capacidad de generar un discurso aglutinante que fortalecía la identidad alemana basándose en la construcción de sentidos sobre lo que era el Volk (pueblo) alemán y delimitando lo que no estaba comprendido en él. A los efectos del discurso, fue útil la identificación de la cultura semita como un elemento extraño a la sociedad alemana.
La defensa internacional de los Derechos Humanos era inexistente en el período entreguerras, especialmente si nos referimos a las minorías étnicas. Los derechos del hombre demostraron ser inaplicables allí donde había personas que no parecían ser ciudadanas de un estado soberano (Arendt, 1951). Como señala Arendt, Los Derechos del Hombre, habían sido definidos como inalienables porque se suponía que eran independientes de todos los gobiernos, pero resultó que en el momento en que los seres humanos carecían de su propio gobierno y tenían que recurrir a sus mínimos derechos no quedaba ninguna autoridad para protegerles ni ninguna institución que deseara garantizarlos. Ante esta ausencia, el nacionalsocialismo creó el marco legal, las leyes de Nüremberg (1935) para privar de la ciudadanía alemana a la población judía, a su pérdida de derechos civiles le siguió la normalización del ataque a su dignidad como seres humanos. Este artilugio legal, expresó la violencia política de la ideología nazi aplicada en el plano de la participación política, estableciendo un criterio excluyente de ciudadanía. Por primera vez en la Historia europea se aceptaba legalmente la separación de razas y la prohibición de matrimonios entre arios y judíos. En 1938 se les prohibió a los judíos el acceso a los teatros, conciertos y el uso de aparatos de radio así como la posesión de teléfonos. Los judíos fueron despojados de sus derechos, vieron como se producía la normalización de la miseria, la segregación y la muerte. La discriminación “consiste en actitudes y prácticas de desprecio hacia alguien por su pertenencia a un grupo que le ha sido asignado un estigma social. Esas actitudes y prácticas se hallan enraizadas en discursos sociales y prejuicios que las legitiman, las reproducen e incluso las concretan en instituciones de carácter discriminatorio” (2).
El holocausto del pueblo judío coincide exactamente con la definición genérica de discriminación, las prácticas discriminatorias se fundaron en un estigma social ya arraigado en la población europea, el antisemitismo. Las prácticas sociales la legitimaron y el Reich, el Estado alemán la institucionalizó.
El mito de la conspiración semita era autoconformador y cumplía una función justificadora de los crímenes de lesa humanidad cometidos. Este discurso que alimentaba los odios, encubría con abstracciones como “Solución Final”, “tratamiento especial” o “reasentamiento en el este” el sentido literal. Aunque Hitler expresó sus amenazas con frases complejas o impersonales estaba claro que si estallara una guerra, estaba planeando el exterminio de la población judía europea. Este es uno de los elementos que hacen a que la Shoá sea el ejemplo paradigmático de la violación más fragante a los Derechos Humanos cometida, no sólo se anunció, sino que se ejecutó rigurosamente ante una comunidad internacional que no reaccionó y que cuando lo hizo, ya era tarde.
Al pensar y hablar del exterminio se hacía en términos racionales, a modo de ejemplo: “Werner Best, el asesor legal de la GESTAPO (…) cuando se refería a qué hacer con los judíos, recomendaba destruir al enemigo sin odiarlo, porque si lo odiara, el nazi se convertiría en un turco matando armenios, en un tutsi matando hutus. La meta aquí no es ser turco ni africano, sino ser nazi; y ser nazi representa hacerlo con un ideal de reconstrucción del mundo y no como un acto personal de sadismo, ni como un burócrata sin conocimiento de lo que se está haciendo.” (D Bankier, 2002). Se trataba de una actividad desarrollada con el sentido del deber, sin involucramiento emocional, trataban de hacer su tarea guiada no por el odio sino motivada ideológicamente por las ideas fuerza de espacio vital, nación, raza, pueblo. Se producía una inversión de valores, donde la apuesta moderna de crear una nueva sociedad se basaba en la contradictoria idea de la deshumanización del accionar, desarrollando una lógica, como dice Bankier, de “costo- beneficio” donde lo importante no eran los medios sino el fin en sí mismo.
Curiosamente, al hablar de Derechos Humanos debemos remitir a los derechos individuales y también a los de las comunidades (los colectivos), esta posibilidad no existió para los totalitarismos, porque generaron movimientos de masas que hacían énfasis en el colectivo (pero de carácter excluyente), donde todo lo dominaba la masa (piensen en los actos nocturnos, antorchas, juegos de sonido y luces, altos podios) y por tanto desapareciendo el individuo, el mismo que es el destinatario de dichos derechos.
No se puede entender la construcción del Derecho Internacional de los Derechos Humanos sin conocer la profundidad del Holocausto durante la Segunda Guerra Mundial. No solamente representa el paradigma de genocidio, un cuadro masivo y sistemático de violaciones a los Derechos Humanos sin precedentes en cuanto a dimensiones y modalidades, sino que fue a través del conocimiento del horror que surgió un nuevo pacto en la comunidad internacional destinado a proteger los abusos del Estado (Federico Villegas 2007). Surge una nueva rama del Derecho Internacional basada en la concepción de las personas más allá de su nacionalidad.
Hoy a 69 años de aquel enero de 1948 en que las tropas aliadas liberaban el recito del horror de Auschwitz, se recuerda en el Parlamento, símbolo de la democracia uruguaya el efecto más flagrante de la violación a todos los principios democráticos. Como indica Ian Kershaw, la dictadura de Hitler “equivalió al colapso de la civilización moderna (…) mostró de lo que somos capaces los seres humanos”, y eso sucedió en la tierra de Goethe y Beethoven. Auschwitz como símbolo de la industria de la muerte terminó derribando la imagen ética preexistente.
Hay que mantenerse alerta, generando una memoria que apele a un lenguaje común, que genere interés por decir nunca más en personas que no tienen vínculo con la Shoá. Se logra generando un lenguaje universal que acerque la memoria del Holocausto a aquellos que la desconocen, trazando vínculos con otras violaciones a los Derechos Humanos, recordando la singularidad del Holocausto pero tratando de demostrar que el problema de la violencia y la discriminación es un mal contemporáneo cuyas soluciones nos competen a todos.
Referencias:
1 RILLA José, Caracterización efectuada en Maestría y Diploma de Historia Contemporánea del Claeh, versión 2006.
2 Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación, carpeta informativa, México DF, año 2005.
*Profesor de Historia, investigador educativo. Fue becario de Yad Vashem y el Museo del Holocausto de Houston. Trabajó en la coordinación de “Voces por la Memoria” en conjunto con el USHMM. Se ha especializado en participación adolescente y DDHH; en investigación en Historia Contemporánea así como en Gestión de Políticas Públicas. Actualmente integra los equipos de Educación Media (CES) en el análisis del conflicto y la violencia escolar. Integra el equipo de Centro Recordatorio del Holocausto.